domingo, 17 de marzo de 2013

AÑORANZA DE LEYES AÑEJAS



 

Titular 17/03/2013: El abogado de dos 'skinheads' dice que los mendigos son "cánceres de la sociedad" – Su abogado dice: […] "añora" la Ley de Vagos y Maleantes y estima que "la ocupación de terreno público por quien no se procura una existencia digna es causa de rechazo en otras personas que cumplen las leyes". (enlace web: http://www.lavanguardia.com/sucesos/20130313/54369239022/abogado-skinheads-mendigos-canceres-sociedad.html).

 

Titular 26/07/2012: Más de 400.000 familias han sido desahuciadas durante la crisis (enlace web: http://www.publico.es/440052/mas-de-400-000-familias-han-sido-desahuciadas-durante-la-crisis)

 

Ley de vagos y maleantes (según WIKI):

 

La Ley de vagos y maleantes fue una ley del código penal español de 4 de agosto de 1933, referente al tratamiento de vagabundos, nómadas, proxenetas y cualquier otro elemento considerado antisocial y que posteriormente fue modificada para reprimir también a los homosexuales. También conocida popularmente como la Gandula, la ley fue aprobada por consenso de todos los grupos políticos de la segunda república para el control de mendigos, rufianes sin oficio conocido y proxenetas.

 

Por ser una ley que no sancionaba delitos sino que intentaba evitar la comisión futura de los mismos no incluía penas, sino medidas de alejamiento, control y retención de los individuos supuestamente peligrosos hasta que se determinara que se había acabado su peligrosidad. Quedando así establecida podía ser utilizada arbitrariamente para la represión de las personas sin recursos.

La ley fue modificada por el régimen franquista para incluir la represión de los homosexuales el 15 de julio de 1954, como sigue (modificaciones en negrita):

 

«Artículo primero: (...) el número segundo del artículo segundo y el número segundo del artículo sexto de la Ley de Vagos y Maleantes, de cuatro de agosto de mil novecientos treinta y tres, queda redactados de la siguiente forma:

 

Artículo segundo.- Número segundo.- Los homosexuales, rufianes y proxenetas. (...).

 

Artículo sexto.-Número segundo.- A los homosexuales, rufianes y proxenetas, a los mendigos profesionales y a los que vivan de la mendicidad ajena, exploten menores de edad, enfermos o lisiados, se les aplicarán para que las cumplan todas sucesivamente, las medidas siguientes:

 

a) Internado en un establecimiento de trabajo o colonia agrícola. Los homosexuales sometidos a esta medida de seguridad deberán ser internados en instituciones especiales y, en todo caso, con absoluta separación de los demás.

 

b) Prohibición de residir en determinado lugar o territorio y obligación de declarar su domicilio.

 

c) Sumisión a la vigilancia de los delegados.»

 

En 1970 fue sustituida y derogada por la ley sobre peligrosidad y rehabilitación social, de términos muy parecidos, pero que incluía penas de hasta cinco años de internamiento en cárceles o manicomios para los homosexuales y demás individuos considerados peligrosos sociales para que se «rehabilitaran».

 

(Enlace web: http://es.wikipedia.org/wiki/Ley_de_vagos_y_maleantes).

 

No todos los que están en la calle, viven en la calle, son personas de peligrosidad. ¡En absoluto! Tal y como está el panorama en nuestro país, donde los desahucios hasta la sentencia de la EU, siguen estando a la orden del día, cuesta pensar que una persona que ha cursado unos estudios avanzados como podría ser un abogado, diga palabras tan duras como que añora la ley de vagos y maleantes o que se piensa que alguien que está en la calle es porque no cumple la ley. ¡Eso no es así! La ley, como la conoce este señor que parece que vive en la edad de piedra, no es aplicable en una sociedad de evolución. ¡No podemos estancarnos en el pasado! Si fuera así, y como lo que quiere que esté en vigencia este señor, son las leyes arcaicas, podíamos recurrir también a la ley del Fuero Español en la que se decía lo siguiente:

 

 

 

TÍTULO PRIMERO. Deberes y Derechos de los españoles
 
CAPÍTULO PRIMERO
[…]
 
Artículo tercero
 
La Ley ampara por igual el derecho de todos los españoles, sin preferencia de clases ni acepción de personas (en la actualidad, se sentencia antes a un hombre que robó un jamón para comer a dos años de cárcel que a un hombre que robó y que llevó ese dinero negro, a un paraíso fiscal. Si todos fuéramos iguales, en ese país, todos los acusados por delitos de malversación y cohecho, deberían permanecer en prisión hasta sentencia y no estar disfrutando de la libertad burlándose, riéndose y agasajándose, de que ellos, por ser tal o cual persona o conocer a no se quien, tienen como un tipo de “inmunidad diplomática” que el pueblo ni entiende, ni comprende, ni consuela).
 
[…]
 
Artículo quinto
 
Todos los españoles tienen derecho a recibir educación e instrucción y el deber de adquirirlas, bien en el seno de su familia o en centros privados o públicos, a su libre elección. El Estado velará para que ningún talento se malogre por falta de medios económicos (en la actualidad, por falta de medios económicos, se malogra más de una mente privilegiada y se deja, en manos de otros países, nuestros eruditos porque lo que mas nos interesa a aquí, es que el corredor principal no sea el mediterráneo sino uno que pase por la mitad del país aunque al otro lado, no haya ni carreteras para el comercio de nuestros productos y demás. No se trata de sabiduría o de inteligencia, se trata de sentido común y eso, en este estado los que poseen el poder, carecen de ello).
 
[…]
 
Artículo octavo
 
Por medio de Leyes, y siempre con carácter general, podrán imponerse las prestaciones personales que exijan el interés de la Nación y las necesidades públicas (en la actualidad, todo esto no se concibe como tal y las necesidades públicas, como más ayuda en centros Judiciales o Administrativos por parte de funcionarios, a sido reducidos drásticamente. Una persona que requiera un abogado de oficio, no podrá contar con él si su deuda (porque ahora es lo que más se demanda) es inferior a 7.000€. En cuestiones administrativas, por ejemplo en el INEM para poder gestionar papeleos o para impartir cursos, nuestra política, ha abogado por la reducción pese a que el nivel de paro ha alcanzado las cuotas más altas de toda la historia de España. Más personas en paro, más gente que necesita ayuda, menos personal a su servicio por parte del Estado).
 
Artículo noveno
 
Los españoles contribuirán al sostenimiento de las cargas públicas según su capacidad económica (y con este articulo, una persona que está en paro y sin prestación económica alguna,… ¿Por qué tiene que pagar un IVA abusivo de un 18% o 21%? Quien no tiene, no tiene que pagar IVA y menos por alimentos de cualquier clase ya sean considerados de primera necesidad, como se segunda, como de tercera. La comida tendría que estar LIBRE DE IMPUESTOS para todos aquellos que, como anuncia la ley, su capacidad económica no le permite asumir más cargar públicas).
 
 
[…]
 

 

 

 

Pese a toso lo indicado en este pequeño escrito la realidad sólo es una: no podemos seguir siendo los que nos pisemos unos a otros por falta de recursos que sólo un estado que no aboga por el pueblo, a malversado en cuestión de riqueza propia. Todos somos SERES HUMANOS, con corazón, con sentimientos, con vida o algo parecido a la vida. En la actualidad, nadie esta libre de acabar teniendo que usar como techo el manto celestial. Ante esta gran afirmación sólo me queda decir. Si yo acabara así… ¿Debería aplicarse sobre mi persona la ley de vagos y maleantes sólo por ser la consecuencia de unas decisiones mal tomadas por aquellos que poseen el “poder”?

 

MORALEJA: Khalil Gibran dijo “Del hablador he aprendido a callar; del intolerante, a ser indulgente, y del malévolo a tratar a los demás con amabilidad. Y por curioso que parezca, no siento ninguna gratitud hacia esos maestros”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario